Capítulo CAPÍTULO I

Art. 3

En vigor desde 20 feb 1998
Los actos de la Entidad pública empresarial Correos y Telégrafos se rigen por el derecho privado, excepto en lo relativo a la formación de la voluntad de sus órganos, al ejercicio de las potestades administrativas que, en su caso, le sean atribuidas por la normativa en materia de personal y para la gestión de los servicios básicos de correos u otros servicios postales cuya prestación se le asigne por la normativa aplicable, y en los aspectos específicamente regulados para las entidades públicas empresariales en la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, en la legislación presupuestaria y en estos Estatutos.
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eli/es/rd/1998/02/16/176#art-3

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