Capítulo CAPÍTULO IV

Art. Disposición adicional sexta

En vigor desde 1 ene 2012
Las disposiciones del presente Real Decreto se aplicarán sin perjuicio de las reglas específicas de acceso a los fondos de los Archivos Históricos de titularidad y gestión estatal, en razón de su carácter de archivos abiertos al público, siempre que resulten más favorables al derecho de acceso.
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eli/es/rd/2011/11/18/1708#disposicion-adicional-sexta

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