Capítulo CAPÍTULO IV

Art. Disposición adicional cuarta

En vigor desde 1 ene 2012
El Sistema Archivístico de la Defensa se rige por su normativa específica. No obstante, el régimen de acceso a los documentos obrantes en el mismo será el establecido en el presente Real Decreto.
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eli/es/rd/2011/11/18/1708#disposicion-adicional-cuarta

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