Capítulo CAPÍTULO IV

Art. 17

En vigor desde 5 dic 2009
Todos los datos, informes o antecedentes de cualquier naturaleza, obtenidos por el Consejo para la Defensa del Contribuyente y su unidad operativa en el desempeño de sus funciones, tienen carácter reservado y solo podrán ser utilizados en los términos establecidos en el artículo 95 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
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eli/es/rd/2009/11/13/1676#art-17

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