Art. Disposición transitoria única
DerogadoEn vigor desde 27 sept 1994
Mientras no se establezca otra cosa, las tarifas del servicio a que se refiere el inciso final del artículo 3 serán las establecidas actualmente para «Telefónica de España, Sociedad Anónima», por la prestación del servicio de uso público.
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Proeli/es/rd/1994/07/22/1647#disposicion-transitoria-unica