Capítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección segunda. El Consejo Rector

Art. 13

En vigor desde 11 dic 2025
1. El Consejo Rector se reunirá, previa convocatoria de su Presidente, a su iniciativa o a petición de, al menos, tres Consejeros, tantas veces como sea necesario para el buen funcionamiento de la Entidad y, al menos, una vez al trimestre. 2. La convocatoria del Consejo se cursará por el Secretario con, al menos, cuarenta y ocho horas de antelación, fijando el orden de los asuntos a tratar. El contenido de la convocatoria será comunicado por escrito directa y personalmente a cada uno de los interesados. 3. El Consejo quedará válidamente constituido cuando concurran a la reunión el Presidente y el Secretario o, en su caso, quienes los sustituyan, y se encuentren presentes o debidamente representados la mitad, al menos, de todos sus componentes. Los acuerdos se adoptarán por mayoría de votos. En caso de empate, el Presidente tendrá voto de calidad. 4. De las sesiones se levantará acta, que podrá aprobarse en la propia sesión a que se refiere o en la siguiente, a partir de cuyo momento tendrá fuerza ejecutiva. El acta irá firmada por el Secretario, con el visto bueno del Presidente, expidiéndose certificación de los acuerdos del Consejo en igual forma. 5. Previa convocatoria de la Presidencia, a iniciativa propia o de la mayoría de los miembros del Consejo, podrá asistir cualquier persona directiva o técnica de la Entidad. Dichas asistencias se harán con voz, pero sin voto. 6. El régimen de constitución y funcionamiento del Consejo Rector, en todo lo no regulado en el presente Estatuto, se ajustará a las normas contenidas en la sección 3.ª del capítulo II del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre. Se modifica el apartado 5 y las referencias a "Consejo de Administración" por "Consejo Rector", por el art. único.10 y la disposición final 2.3 del Real Decreto 1123/2025, de 10 de diciembre. Ref. BOE-A-2025-25270 . Se modifica el apartado 6 por el art. único.8 del Real Decreto 855/2021, de 5 de octubre de 2021. Ref. BOE-A-2021-16235

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eli/es/rd/1999/10/01/1525#art-13

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