Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO I
Art. REGLA NÚMERO 3
En vigor desde 19 jun 2014
REGLA NÚMERO 3
Encargados de Negocios y Cónsules
1. Descripción.
Será una bandera con los colores de la bandera nacional en forma de corneta, con el escudo nacional en el centro de la franja gualda.
2. Tipos y usos.
Los especificados en la regla número 1 del capítulo III del título IV. En buques y vehículos automóviles en el interior del Estado en que estén acreditados; para ejercer este derecho, se tendrán en cuenta las Leyes, Reglamentos y usos del Estado receptor.
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Proeli/es/rd/1977/01/21/1511#regla-numero-3-5