Libro REGLAMENTO DEL REGISTRO NACIONAL DE ASOCIACIONES Y DE SUS RELACIONES CON LOS RESTANTES REGISTROS DE ASOCIACIONES›Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 1.ª Estructura
Art. 34
En vigor desde 23 ene 2004
El grupo 1.º: asociaciones de la competencia del Registro Nacional de Asociaciones tiene por objeto el tratamiento y publicidad de las asociaciones de ámbito estatal y de aquéllas que no desarrollan principalmente sus funciones en el ámbito territorial de una comunidad autónoma, y de las delegaciones en España de asociaciones extranjeras.
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Proeli/es/rd/2003/11/28/1497#art-34