Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 152
En vigor desde 25 ene 2002
La reincidencia por comisión de faltas de la misma gravedad y naturaleza durante el plazo de prescripción dará lugar a la aplicación de los criterios de graduación recogidos en el artículo 154 de estos Estatutos.
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Proeli/es/rd/2001/12/27/1482#art-152