Capítulo CAPÍTULO IV
Art. 34
En vigor desde 7 nov 2012
Todos los colegiados están obligados a:
a) Cumplir cuantas prescripciones contienen los presentes estatutos y los reglamentos de régimen interior.
b) Cumplir los acuerdos adoptados por los órganos colegiales y coadyuvar a la consecución de los fines corporativos.
c) Pagar las cuotas que les correspondan.
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Proeli/es/rd/2012/10/19/1460#art-34