Art. Artículo primero

En vigor desde 22 jul 1982
La Comisión Interministerial para la Ordenación Alimentaria (CIOA) es un órgano colegiado para coordinar y armonizar la regulación de la legislación alimentaria. Sus informes tienen carácter preceptivo en los aspectos técnicos, sanitarios, de comercialización y de protección al consumidor en el ámbito de la ordenación alimentaria.
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eli/es/rd/1982/06/18/1456#articulo-primero

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