Art. Disposición adicional segunda

En vigor desde 28 dic 2005
En el plazo máximo de seis meses a partir de la entrada en vigor del reglamento que se aprueba por este real decreto, el Ministro de Justicia procederá al nombramiento de la Comisión de Selección de Personal.
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eli/es/rd/2005/12/07/1451#disposicion-adicional-segunda

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