Capítulo CAPÍTULO VI
Art. 25
En vigor desde 15 dic 2006
1. La relación de puestos de trabajo de la Agencia determinará los elementos básicos de los mismos en el ámbito de los artículos 23 y 24 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la Función Pública.
2. Será elaborada por el Presidente de la Agencia y aprobada por la Comisión Permanente del Consejo Rector, dentro del marco de actuación que, en materia de recursos humanos, se establezca en el Contrato de gestión, y su contenido se ajustará a los principios establecidos por el artículo 15 de la Ley 30/1984, con determinación de la forma de provisión de los puestos de trabajo.
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Proeli/es/rd/2006/12/01/1418#art-25