Capítulo CAPÍTULO VI
Art. 25
29 / 45En vigor desde 15 dic 2006
1. La relación de puestos de trabajo de la Agencia determinará los elementos básicos de los mismos en el ámbito de los artículos 23 y 24 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la Función Pública.
2. Será elaborada por el Presidente de la Agencia y aprobada por la Comisión Permanente del Consejo Rector, dentro del marco de actuación que, en materia de recursos humanos, se establezca en el Contrato de gestión, y su contenido se ajustará a los principios establecidos por el artículo 15 de la Ley 30/1984, con determinación de la forma de provisión de los puestos de trabajo.
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Proeli/es/rd/2006/12/01/1418#art-25