Capítulo CAPÍTULO IVSecc. Sección 1.ª Órganos de gobierno

Art. 10

En vigor desde 15 dic 2006
El Presidente de la Agencia será nombrado y separado por el Consejo de Ministros, a propuesta del Ministro de Administraciones Públicas.
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eli/es/rd/2006/12/01/1418#art-10

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