Título TÍTULO PRELIMINAR
Art. 4
En vigor desde 25 nov 2018
Corresponde al Ministerio para la Transición Ecológica, al Ministerio del Interior y al Consejo de Seguridad Nuclear, en el ámbito de sus funciones, asegurar el cumplimiento de lo dispuesto en este Reglamento.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2018/11/23/1400#art-4