Art. Disposición final cuarta
En vigor desde 21 feb 1984
El Instituto Nacional de la Salud, dentro de las límites presupuestarios anuales y en función de la población protegida por la Seguridad Social a atender por los Equipos de Atención Primaria, facilitará los recursos o propondrá las partidas presupuestarias individualizadas y suficientes para la creación y puesta en marcha de los Equipos citados.
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Proeli/es/rd/1984/01/11/137#disposicion-final-cuarta