Capítulo DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Art. Segunda
En vigor desde 2 dic 1987
Las hermanas de Su Majestad el Rey, Don Juan Carlos I de Borbón, serán Infantas de España y conservarán el derecho al uso del tratamiento de Alteza Real vitaliciamente, pero no sus consortes ni hijos.
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Proeli/es/rd/1987/11/06/1368#segunda