Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 38
En vigor desde 1 jul 2021
La relación laboral de carácter especial de los profesionales de la Abogacía que prestan servicios en despachos de profesionales de la Abogacía, individuales o colectivos, se rige por la normativa reguladora de dicha relación laboral de carácter especial.
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Proeli/es/rd/2021/03/02/135#art-38