Capítulo CAPÍTULO VI

Art. Disposición adicional tercera

En vigor desde 6 nov 2005
El personal de la antigua Escala a extinguir de la Guardia Real percibirá las retribuciones básicas y complementarias que se detallan en el anexo VI.
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eli/es/rd/2005/11/04/1314#disposicion-adicional-tercera

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