Art. Disposición adicional única
En vigor desde 21 oct 2007
En virtud de lo establecido en el Convenio entre el Ministerio de Cultura y la Comunidad Autónoma de Galicia sobre gestión de Museos de Titularidad Estatal suscrito con fecha 5 de diciembre de 1989, y del Convenio de fecha 4 de noviembre de 1994, la provisión de todos los puestos de trabajo de los museos de titularidad estatal que se gestionen en virtud de estos convenios le corresponde a la Xunta de Galicia, de acuerdo con la legislación vigente.
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Proeli/es/rd/2007/09/28/1293#disposicion-adicional-unica