Art. 2
En vigor desde 21 oct 2007
Integran la colección del Museo de las Peregrinaciones y de Santiago:
a) Los fondos iniciales o colección estable, constituida por aquellos bienes del Patrimonio Histórico Español pertenecientes a la Administración General del Estado que se encuentran asignados en la actualidad al Museo de las Peregrinaciones.
b) Los bienes culturales de titularidad de la Xunta de Galicia depositados en la actualidad en el Museo de las Peregrinaciones.
c) Los bienes pertenecientes a otras administraciones públicas o a terceros que se encuentran en la actualidad depositados en el Museo de las Peregrinaciones.
d) Todos aquellos bienes culturales que de conformidad con la normativa vigente se incorporen en un futuro.
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Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2007/09/28/1293#art-2