Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 46
En vigor desde 2 jul 1978
Toda solicitud deberá ir acompañada del correspondiente proyecto, estudio o Memoria, y en ella se especificará si el servicio a realizar se refiere a la totalidad o sólo a una determinada parte de aquéllos. Cuando la importancia o la complejidad del mismo lo aconseje, el ICONA podrá exigir que sea proyecto, el cual habrá de ser suscrito por facultativo competente.
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Tus anotaciones
Proeli/es/rd/1978/05/02/1279#art-46