Capítulo CAPÍTULO IISecc. SECCIÓN 3.ª DEL JEFE DE ESTUDIOS Y DEL SECRETARIO GENERAL

Art. 12

En vigor desde 18 oct 2003
1. El Director está asistido por un Jefe de Estudios y un Secretario General que, con categoría de subdirectores generales, serán nombrados y cesados por el Ministro de Justicia. 2. Para el desempeño de los cargos se exigirán los requisitos señalados en el artículo 19.2 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2003/10/10/1276#art-12

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil