Capítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición adicional tercera

En vigor desde 14 mar 2015
Por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, se llevaran a cabo las modificaciones presupuestarias precisas para el cumplimiento de lo previsto en este real decreto.
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eli/es/rd/2015/02/27/127#disposicion-adicional-tercera

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