Art. Disposición adicional tercera

En vigor desde 12 dic 2024
1. SEPI mantendrá en sus estados financieros el valor de SEPIDES E.P.E. por el mismo valor que representa la participación que ostenta en SEPIDES, SA, S.M.E. 2. SEPI será responsable de mantener el equilibrio patrimonial de SEPIDES E.P.E. mediante el ejercicio de las funciones de control necesarias y realizando, si fuere necesario, las aportaciones patrimoniales que dicho equilibrio pudiera requerir. 3. SEPI recogerá en sus estados financieros del Grupo los resultados consolidados que genere la actividad de SEPIDES E.P.E., pudiendo en su caso percibir dividendos anuales con cargo a los mismos.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2024/12/10/1247#disposicion-adicional-tercera

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil