Art. Disposición adicional segunda

En vigor desde 12 dic 2024
Al día siguiente de la entrada en vigor del estatuto, SEPIDES E.P.E. se subrogará en la participación que SEPIDES, SA, S.M.E., tuviera en ese momento en sociedades ya constituidas, filiales de aquella, con el mismo porcentaje e idénticas condiciones.
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eli/es/rd/2024/12/10/1247#disposicion-adicional-segunda

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