Art. Disposición transitoria cuarta
En vigor desde 12 dic 2024
Las referencias del presente real decreto a la Conferencia Sectorial de Cooperación para el Desarrollo Sostenible y la Solidaridad Global, al Consejo Superior de Cooperación para el Desarrollo Sostenible y la Solidaridad Global y a la Comisión Interministerial de Cooperación para el Desarrollo Sostenible y la Solidaridad Global, creados de acuerdo con lo dispuesto en el capítulo III, sección 3.ª de la Ley 1/2023, de 20 de febrero, así como al Fondo Español para el Desarrollo Sostenible (FEDES, F.C.P.J.) se entenderán hechas, respectivamente, a la Comisión Interterritorial de Cooperación, al Consejo de Cooperación al Desarrollo y a la Comisión Interministerial de Cooperación y al Fondo para la Promoción del Desarrollo (FONPRODE) en tanto no se apruebe la nueva regulación.
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Proeli/es/rd/2024/12/10/1246#disposicion-transitoria-cuarta