Art. Disposición transitoria quinta

En vigor desde 12 dic 2024
En tanto en cuanto el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación no se dote de las estructuras necesarias para hacer efectiva la disposición adicional cuarta de la Ley 1/2023, de 20 de febrero, la Agencia Estatal «Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo» continuará ejerciendo las funciones y competencias para la promoción de la cultura española así como las relaciones y convenios internacionales en el ámbito cultural y científico, la promoción y el desarrollo de las relaciones culturales y científicas con otros países y la coordinación de la acción cultural exterior a través de su Dirección de Relaciones Culturales y Científicas.
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eli/es/rd/2024/12/10/1246#disposicion-transitoria-quinta

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