Libro REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA ORQUESTA NACIONAL DE ESPAÑACapítulo CAPÍTULO II

Art. 9

En vigor desde 12 dic 2002
El Archivero Copista desempeñará las siguientes funciones: a) La conservación y mantenimiento de los archivos musicales de la Orquesta Nacional de España, tanto de las obras propias como de las que se utilicen en alquiler o cesión. b) La reposición de las partituras o particellas que, por su deterioro, extravío o cualquier otra circunstancia, sean necesarias. c) La transcripción de las anotaciones o arcos ordenados por el Director, Concertino o solistas. En ningún caso se colocará en los atriles de la orquesta un material que no haya sido cuidadosamente revisado. d) La distribución de partituras a la orquesta, con el tiempo adecuado, antes de los ensayos y los conciertos, de acuerdo con el Director técnico, y su posterior recogida. e) La entrega al Director o profesores, cuando lo soliciten, de las partituras o particellas de las obras que deseen conocer o estudiar. f) La conservación y el mantenimiento de la biblioteca de la orquesta. g) Todas aquellas otras actividades que, en el desempeño de sus funciones, le sean encomendadas por el Director técnico de la ONE.
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eli/es/rd/2002/11/29/1245#art-9

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