Título TÍTULO VIIICapítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 1.ª Sistema contable

Art. 229

En vigor desde 23 sept 2011
Dentro del ámbito de gestión interna, el Gerente propondrá al Consejo de Gobierno, para su aprobación, el plan de cuentas y la organización contable de la Universidad. Todas las unidades de gastos llevarán su propia contabilidad simplificada, conforme a los principios y criterios que se establezcan con carácter general en la Universidad respecto a su gestión interna.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2011/09/08/1239#art-229

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil