Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 8.ª Secretarios de Facultad o Escuela
Art. 116 bis
En vigor desde 3 dic 2021
La designación, duración del mandato y competencias del secretario de la Escuela Internacional de Doctorado se regulará en su reglamento de régimen interior.
Se añade por el art. único.33 del Real Decreto de 8 de noviembre de 2021. Ref. BOE-A-2021-19905
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2011/09/08/1239#art-116-bis