Capítulo CAPÍTULO VI
Art. 26
En vigor desde 11 mar 2021
En cada ámbito territorial, las administraciones responsables del procedimiento nombrarán las comisiones de evaluación de las diferentes especialidades o Familias Profesionales necesarias para atender al procedimiento en aquellas unidades de competencia solicitadas por los candidatos. Las administraciones responsables garantizarán la adecuación de estas comisiones a las necesidades que en cada momento del procedimiento abierto se produzcan.
Se modifica por el art. único.5 del Real Decreto 143/2021, de 9 de marzo. Ref. BOE-A-2021-3700
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2009/07/17/1224#art-26