Capítulo CAPÍTULO VI

Art. 26

En vigor desde 11 mar 2021
En cada ámbito territorial, las administraciones responsables del procedimiento nombrarán las comisiones de evaluación de las diferentes especialidades o Familias Profesionales necesarias para atender al procedimiento en aquellas unidades de competencia solicitadas por los candidatos. Las administraciones responsables garantizarán la adecuación de estas comisiones a las necesidades que en cada momento del procedimiento abierto se produzcan. Se modifica por el art. único.5 del Real Decreto 143/2021, de 9 de marzo. Ref. BOE-A-2021-3700

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eli/es/rd/2009/07/17/1224#art-26

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