Art. 3

En vigor desde 22 oct 1992
En su doble carácter de laboratorio depositario del patrón nacional de intensidad luminosa y de laboratorio asociado al Centro Español de Metrología, el Laboratorio de Fotometría y Radiometría del Instituto de Optica «Daza de Valdés» será responsable, en nombre del Estado, de la custodia, conservación, mantenimiento y difusión del patrón nacional de la unidad básica de Intensidad luminosa. Dicha representación se llevará a cabo bajo la supervisión y coordinación del Centro Español de Metrología, y para ello este Organismo prestará el soporte técnico y apoyo necesario.
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eli/es/rd/1992/10/02/1219#art-3

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