Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 2.ª Fabricación de labores de tabaco
Art. 14
En vigor desde 21 ene 2007
(Sin contenido)
Se deja sin contenido por el art. único.8 del Real Decreto 1/2007, de 12 de enero. Ref. BOE-A-2007-1220 .
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/1999/07/09/1199#art-14