Título TÍTULO III

Art. Disposición final cuarta

En vigor desde 31 dic 2020
1. Se autoriza al titular del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico para dictar, en el ámbito de sus competencias, las disposiciones que resulten necesarias para asegurar la adecuada aplicación del presente real decreto, previo Acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos. 2. Mediante orden del titular del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico se podrá determinar el procedimiento de cálculo, aplicación y facturación, así como puntos de aplicación de cargos unitarios destinados a recaudar partidas, que, conforme con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 18/2014, de 15 de octubre, deban ser financiadas mediante cargos. 3. Se habilita al titular del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico para desarrollar el procedimiento de transición del régimen de liquidaciones, minimizando los cambios a realizar en el actual procedimiento de declaración de información de los usuarios.
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eli/es/rd/2020/12/29/1184#disposicion-final-cuarta

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