Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 57
En vigor desde 17 feb 2005
Serán nulos de pleno derecho los actos de los órganos corporativos en que se den alguno de los supuestos enumerados en el artículo 62.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
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Proeli/es/rd/2005/02/04/118#art-57