Art. Preambulo

En vigor desde 9 nov 1992
La Comisión Permanente del Hormigón fue creada por el Decreto 2987/1968, de 20 de septiembre, y reestructurada por el Real Decreto 1424/1981, de 22 de mayo, como un órgano colegiado interministerial de carácter permanente y radicado en el Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo. Entre sus funciones, le fue asignado el estudio y recopilación de las nuevas técnicas del hormigón, así como el estudio, redacción y propuesta de las revisiones de las instrucciones para el proyecto y la ejecución de las obras de hormigón en masa o armado, e igualmente la realización de cuantos trabajos sobre el hormigón le fuesen encomendados. Las diversas reestructuraciones administrativas habidas en los diferentes Departamentos ministeriales con representación en la citada Comisión y que afectan a la composición de ésta, y, asimismo, el desarrollo de las especificaciones técnicas en el ámbito de las Comunidades Europeas, hacen necesario adecuar los objetivos, funciones, composición y funcionamiento de la Comisión a estas nuevas circunstancias. En su virtud, con la aprobación del Ministro para las Administraciones Públicas, a propuesta del Ministro de Obras Públicas y Transportes, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 2 de octubre de 1992, D I S P O N G O:
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