Art. 5
En vigor desde 4 jul 1999
Todos los bienes inmuebles, vehículos y maquinaria, equipos informáticos y de comunicaciones, equipamientos y demás bienes muebles, así como los restantes medios materiales de las antiguas Delegaciones Territoriales y parques provinciales del Parque Móvil del Estado, se adscribirán, mediante la correspondiente acta, al Ministerio de Administraciones Públicas, de conformidad con lo dispuesto en la legislación del Patrimonio del Estado.
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Proeli/es/rd/1999/07/02/1163#art-5