Art. 12

En vigor desde 30 dic 2021
1. En la segunda fase de evaluación, la comisión de evaluación concretará el resultado de la evaluación de la memoria técnica del proyecto (anexo VI) mencionada en el artículo 7.5.f, así como los elementos para la valoración (anexo VII) con base en los siguientes criterios: a) Calidad científico-técnica, relevancia y viabilidad de la propuesta completa (máximo 10 puntos). 1.ª Definición, contenido, calidad, originalidad y adecuación de las actividades a los objetivos propuestos (máximo 5 puntos). Valorándose la definición, contenido, calidad, originalidad y adecuación de las actividades contenidas en el proyecto a los objetivos propuestos para el mismo. 2.ª Planificación, disponibilidad de recursos, cronograma establecido, indicadores de ejecución y de evaluación, presupuesto detallado y desglosado y costes ajustados (máximo 5 puntos). Valorándose la planificación, la disponibilidad de recursos, la adecuación al cronograma establecido, la existencia de indicadores de ejecución y de evaluación de resultados, el presupuesto detallado y desglosado y que los costes estén ajustados al mismo. b) Calidad, trayectoria y adecuación del equipo de trabajo (máximo 10 puntos). 1.ª Competencia y adecuación del equipo de trabajo, complementariedad entre equipos (máximo 7 puntos). Valorándose la competencia y la adecuación de los componentes del equipo o equipos que participen en el proyecto, así como la complementariedad entre equipos, si es el caso. 2.ª Proyectos desarrollados por los miembros del equipo o equipos en el mismo sector, y resultados previos que se encuadren en la misma área temática (máximo 3 puntos). c) Planes de difusión y actuaciones de transferencia (máximo 5 puntos). Se valorará la existencia y la calidad de los planes previstos en el proyecto para la difusión y transferencia de sus resultados al sector. 2. Quedarán eliminadas las solicitudes cuyas propuestas técnicas no alcancen al menos el 50% del valor máximo de cada uno de los criterios establecidos en este artículo. 3. Para cada propuesta se calculará la puntuación resultante de la suma de las puntuaciones obtenidas para las dos fases, de forma que se seleccionarán los proyectos por orden de puntuación hasta que la suma de sus cuantías subvencionables superen el crédito disponible. 4. La diferencia entre la suma de todas las cuantías subvencionables de los proyectos seleccionados y el crédito disponible podrá prorratearse, reduciéndose proporcionalmente cada una de las cuantías finalmente subvencionadas a cada proyecto para igualar ambos importes.
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eli/es/rd/2021/12/28/1155#art-12

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