Art. Disposición adicional segunda

En vigor desde 24 dic 2020
Se establecerá, con carácter permanente, de acuerdo con lo previsto en el artículo 22.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, una comisión interministerial de trabajo, con representantes de las autoridades sanitarias competentes en el ámbito del Ministerio de Defensa y del Ministerio de Sanidad, como medio de contacto entre ambos para facilitar la colaboración mutua en todos los aspectos considerados de interés. El número de representantes y composición de esta comisión, así como sus funciones, son aspectos que serán desarrollados de forma conjunta por las autoridades sanitarias competentes.
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eli/es/rd/2020/12/22/1155#disposicion-adicional-segunda

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