Art. 1
En vigor desde 15 sept 2007
Este real decreto tiene por objeto:
1. Determinar la composición y funciones de la Comisión de Formación Continuada de las Profesiones Sanitarias prevista en el artículo 34 de la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias, así como establecer las comisiones técnicas y grupos de trabajo que podrán depender de aquella y el sistema de adopción de sus acuerdos.
2. Regular el sistema de acreditación de la formación continuada de las profesiones sanitarias.
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Proeli/es/rd/2007/08/31/1142#art-1