Art. Disposición transitoria única

En vigor desde 9 nov 2002
A partir de la entrada en vigor del presente Real Decreto, el Instituto Cervantes quedará subrogado en lugar del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte en los convenios vigentes para la organización de exámenes para la obtención de los diplomas de español como lengua extranjera, en la medida en que tales convenios lo permitan. El Instituto Cervantes podrá denunciar, en su caso, tales convenios y suscribir otros nuevos de acuerdo con lo estipulado en el artículo 6 del presente Real Decreto.
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eli/es/rd/2002/10/31/1137#disposicion-transitoria-unica

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