Título TÍTULO IV

Art. Disposición adicional segunda

En vigor desde 24 oct 2024
La clasificación de los residuos de los productos del tabaco con filtros y filtros, independientemente del lugar de acumulación de la basura dispersa que los origine, se efectuará mediante los siguientes códigos LER: 20 01 45 Residuos de productos del tabaco con filtros recogidos separadamente. 20 03 03-01 Residuos de productos del tabaco presentes en los residuos de limpieza viaria. 20 03 06-01 Residuos de productos del tabaco presentes en los residuos de la limpieza de alcantarillas y en las infraestructuras de saneamiento y depuración.
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eli/es/rd/2024/10/22/1093#disposicion-adicional-segunda

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