Art. Disposición adicional

En vigor desde 7 feb 1991
El presente Real Decreto se aplicará sin perjuicio de la reglamentación vigente sobre seguridad e higiene de los trabajos con riesgo de amianto, especialmente en lo que hace referencia a identificación de las variedades de amianto, medidas de prevención técnica, métodos para reducir la contaminación del amianto por debajo de los límites establecidos y, en general, cualquier medida que pueda mejorar las condiciones del medio exterior.
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eli/es/rd/1991/02/01/108#disposicion-adicional

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