Capítulo CAPÍTULO II
Art. Disposición final primera
En vigor desde 30 ago 2007
El presente real decreto se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.13.ª de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia sobre bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica.
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Proeli/es/rd/2007/07/27/1071#disposicion-final-primera