Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 1.ª Solvencia de grupo§ Subsección 2.ª Métodos de cálculo

Art. 190

En vigor desde 1 ene 2016
Los activos y los pasivos se valorarán con arreglo a lo previsto en el artículo 68 de la Ley 20/2015, de 14 de julio.
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eli/es/rd/2015/11/20/1060#art-190

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