Libro ESTATUTOS DE LA REAL ACADEMIA DE JURISPRUDENCIA Y LEGISLACIÓN DE ESPAÑATítulo TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO V

Art. 43

En vigor desde 28 sept 2005
Las Secciones Científicas se componen de un presidente, que será Académico de Número; de un vicepresidente, con categoría de Académico Correspondiente; de varios vocales, todos ellos Académicos Correspondientes, y de un secretario y un vicesecretario que sean Colaboradores Asociados y tengan el grado de Licenciados en Derecho. El presidente será designado por el pleno de Académicos de Número; los demás cargos también por dicho Pleno a propuesta del presidente de la sección.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2005/09/08/1058#art-43

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil