Libro ESTATUTOS DE LA REAL ACADEMIA DE JURISPRUDENCIA Y LEGISLACIÓN DE ESPAÑA›Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 34
En vigor desde 28 sept 2005
El Secretario General es el jefe de la secretaría y del personal de la Academia, custodiará y usará su sello, dará fe de sus actos y será considerado como delegado de los órganos de gobierno de la Academia para la ejecución de sus acuerdos. También podrá ordenar el gasto que sea necesario en el ejercicio de sus funciones. Levantará las actas de cada una de las sesiones del Pleno de Académicos de Número y de la Junta de Gobierno.
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Proeli/es/rd/2005/09/08/1058#art-34