Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO I›Secc. Sección 4.ª La Dirección General de lo Contencioso
Art. 14
En vigor desde 17 oct 2024
La Dirección General de lo Contencioso se integra por los siguientes órganos:
a) La Subdirección General de Coordinación y Apoyo de los Servicios Contenciosos.
b) La Abogacía del Estado ante el Tribunal de Cuentas.
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Proeli/es/rd/2024/10/15/1057#art-14